La semana comenzó con la implementación del “Compre sin IVA”, el programa que determina el reintegro por hasta $18.800 por mes para trabajadores en relación de dependencia.
Desde un banco, en diálogo con Ámbito, sí justificaron la breve demora en la aplicación de la devolución: “El universo se amplió a 18 millones de personas, que son todas las que tienen tarjeta de débito. Ahora se está trabajando entre la AFIP, que tiene los nuevos CUIT incluidos; los bancos, que poseen las cuentas bancarias; las billeteras virtuales y las procesadoras de tarjetas para llevar adelante el procedimiento”.
Devolución del IVA: ¿Hay que hacer un reclamo si aún no me reintegraron?
No. Desde el organismo aclararon que no hay que realizar trámite. Se acreditará en las cuentas automáticamente.
Devolución del IVA: quiénes son los sujetos alcanzados
Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:
a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.
El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
e) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
f) Personal de Casas Particulares.
g) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.